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Miércoles, 22 Mayo 2013 00:00

Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara

2314

Por el presente le comunico que con fecha 23-1-2013, el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda en virtud de delegación conferida por el Alcalde-Presidente con fecha diecisiete de junio de dos mil once, ha dictado la siguiente resolución:

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Urbanismo e Infraestructura

 

2314

Ntra./Ref.: O.E. 83/12

Por el presente le comunico que con fecha 23-1-2013, el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda en virtud de delegación conferida por el Alcalde-Presidente con fecha diecisiete de junio de dos mil once, ha dictado la siguiente resolución:

“Visto el expediente instruido para proteger la legalidad urbanística en razón del estado de la obra de «27 viviendas, garajes y trasteros», en la calle de la Soledad, n.º 26, parcela 5159, polígono 6 del Barrio de Taracena, y

RESULTANDO: Que según se desprende del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, la obra mencionada no reúne las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro dado que se encuentra abandonada y se está procediendo a su desmantelamiento, mediante el robo de puertas, ventanas, cerrajerías, instalaciones y todo aquello que pueda ser vendido, lo que ha originado que el edificio haya quedado con muchos huecos abiertos que permiten el libre acceso a su interior, lo que resulta muy peligroso al existir huecos con desniveles de unos 3 metros que se encuentran sin la correspondiente protección, siendo necesario efectuar obras de tabicado de la totalidad de huecos de planta baja y sótano del edificio que se encuentran abiertos y sin sus carpinterías o cerrajerías, así como la colocación de protecciones en todos los desniveles existentes en el interior del edificio al objeto de impedir el libre acceso al edificio y evitar situaciones de riesgo. Estas obras tienen un coste aproximado de 10.620 € + IVA.

CONSIDERANDO: Que los artículos 137, 140 y 176 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, imponen a los propietarios de terrenos, construcciones y edificios la obligación de mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, facultando a los Ayuntamientos para ordenar la ejecución de las obras necesarias al efecto.

Vistos, además de los citados, los preceptos de general aplicación, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por la delegación conferida por la Alcaldía con fecha 17 de junio de 2011, HE RESUELTO:

Primero.- Ordenar a Gestión y Promoción Inmobiliaria Morada, S.L., con NIF B-19198977, que proceda, en el plazo de siete días, a la ejecución en el edificio inacabado sito en la calle de la Soledad, n.º 26, parcela 5159, polígono 6 del Barrio de Taracena, de las obras consistentes en el tabicado de la totalidad de huecos de planta baja y sótano del edificio que se encuentran abiertos y sin sus carpinterías o cerrajerías, así como la colocación de protecciones en todos los desniveles existentes en el interior del edificio al objeto de impedir el libre acceso al edificio y evitar situaciones de riesgo.

Segundo.- En el supuesto de no realizar las obras ordenadas en el plazo indicado, se ejecutarán subsidiariamente a costa de la propiedad.

Asimismo se podrán imponer hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor mínimo, cada una de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas. El importe de las multas coercitivas impuestas quedará afectado a la cobertura de los gastos que genere efectivamente la ejecución subsidiaria de la orden incumplida, sin perjuicio de la repercusión del coste de las obras en el incumplidor.

Tercero.- Notificar al Registro de la Propiedad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo -en su redacción dada por el 25 del Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio- la incoación del presente expediente de disciplina urbanística, a efectos de que se proceda a la práctica de la anotación preventiva correspondiente.”

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación o cualquier otro recurso que estime pertinente.

La presente notificación se practica a la entidad Gestión y Promoción Inmobiliaria Morada, S.L. por medio de edictos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras dos intentos infructuosos de notificación en la calle Alvargómez de Ciudad Real número 27, 19002 Guadalajara.

Guadalajara, 21 de marzo de 2013.– La Técnico de Licencias y Disciplina Urbanística, María Jesús García Menéndez.

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