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Viernes, 23 Agosto 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3828

Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

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Ayuntamiento de Cabanillas del Campo

 

3828

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Aprobación definitiva modificación ordenanza

Transcurrido el plazo de treinta días desde la aparición en el BOP n.º 79, de fecha 3 de julio de 2013, del anuncio por el que se hace público el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, no habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente seguido al efecto, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con el art. 17.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El texto modificado se hace público como anexo a este anuncio, para su general conocimiento, en lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17.4 del Texto Refundido de la Ley de Reguladora de Haciendas Locales y 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra este acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Cabanillas del Campo, 8 de agosto de 2013.– El Alcalde, por delegación, Julián Rodríguez Henche.

Anexo

Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Texto modificado cuya entrada en vigor será el día 1 de enero de 2014.

Apartado d) del artículo 7. Bonificaciones.

Se establece una bonificación del 5% de la cuota líquida a favor de aquellos sujetos pasivos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico en una entidad financiera.

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