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Lunes, 19 Agosto 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3788

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el 177.2 de la mencionada Ley y, el artículo 20.3, en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que por el Pleno de este Ayuntamiento, con fecha 24 de junio de 2013, se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 3/2013, modalidad crédito extraordinario (BOP núm. 83, de fecha 12 de julio de 2013) que afecta al vigente presupuesto, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.

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Ayuntamiento de Chiloeches

 

3788

ANUNCIO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el 177.2 de la mencionada Ley y, el artículo 20.3, en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que por el Pleno de este Ayuntamiento, con fecha 24 de junio de 2013, se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 3/2013, modalidad crédito extraordinario (BOP núm. 83, de fecha 12 de julio de 2013) que afecta al vigente presupuesto, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.

Dicho expediente modifica el crédito en las partidas del estado de gastos del presupuesto que a continuación se indica, por importe de 7.500,00 euros:

Crédito extraordinario

Partida

Denominación

Modificación

3.61

Producción de bienes públicos de carácter preferente. Inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Adquisición de postes para talanqueras

Total crédito extraordinario

 

7.500,00

7.500,00

7.500,00

La modificación se financia con nuevos ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente en la aplicación presupuestaria 116 -Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana-, por importe de 7.500,00 euros.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de abril, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Chiloeches a 2 de agosto de 2013.– El Alcalde, César Urrea Miedes.

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