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Miércoles, 19 Junio 2013 00:00

Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara

2824

A) Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, el cual atribuye a esta Alcaldía la concesión y retirada de tarjetas de armas que amparan la tenencia y uso de las de cuarta categoría fuera del domicilio; teniendo en consideración la superior necesidad de establecer la mayor diligencia y seguridad en la expedición y control de tales documentos, dado el previsible elevado número de ellas, y con el fin de agilizar su tramitación en beneficio tanto de los interesados como de la gestión municipal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, y artículos 105 y concordantes del expresado Reglamento de Armas­:

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2824

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A) Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, el cual atribuye a esta Alcaldía la concesión y retirada de tarjetas de armas que amparan la tenencia y uso de las de cuarta categoría fuera del domicilio; teniendo en consideración la superior necesidad de establecer la mayor diligencia y seguridad en la expedición y control de tales documentos, dado el previsible elevado número de ellas, y con el fin de agilizar su tramitación en beneficio tanto de los interesados como de la gestión municipal; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, y artículos 105 y concordantes del expresado Reglamento de Armas­:

Primero.- Delegar en D. Armengol Engonga García, Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, de conformidad con el artículo 54 del Reglamento Orgánico de la Corporación, y con inclusión de las facultades a que dicho precepto se refiere, la concesión, denegación, cambio de titularidad, retirada, prórroga y anulación de tarjetas de armas de cuarta categoría a que se refieren los artículos 3.º, 54 y 105 del Reglamento de Armas, así como la resolución de cuantas incidencias se produzcan sobre régimen de las mismas.

Segundo.- La Policía Local, bajo la dependencia directa del Intendente Jefe, tendrá a su cargo la tramitación, control y registro de las tarjetas que se autoricen y armas amparadas por las mismas, para cumplimiento de requisitos reglamentariamente establecidos sobre su concesión y disfrute.

Tercero.- El presente Decreto entrará en vigor el día de la fecha, sin perjuicio de dar cuenta del mismo al Pleno municipal en la primera sesión que celebre y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo legalmente establecido.

B) La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de mayo de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

Delegar en el Sr. Concejal Delegado de Servicios Municipales, D. Mariano del Castillo García, según Decreto de Alcaldía de 17 de junio de 2011, la concesión de licencias de actividad relativas a la venta ambulante, así como la resolución de los recursos administrativos y suspensión de los procedimientos correspondientes a las facultades delegadas.

Guadalajara, 7 de junio de 2013.– El Alcalde, Antonio Román Jasanada.

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