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Miércoles, 02 Octubre 2013 00:00

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL TAJO

4386

SISTEMA DE CABECERA DEL TAJO

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Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

 

4386

SISTEMA DE CABECERA DEL TAJO

INFORMACION PÚBLICA

CÁNONES DE REGULACIÓN PARA EL AÑo 2013

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (BOE del 30), se formulan los presentes cánones de regulación de aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiados por las obras de regulación del Sistema de Cabecera del Tajo durante el año 2013.

1. Canon de regulación para beneficiarios de riego: 9,61 €/ha.

2. Canon de regulación para uso de riego de Patrimonio del Estado: 6,73 €/ha.

3. Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua, excepto los hidroeléctricos: 0,003452 €/m3.

4. Canon de regulación para beneficiarios de usos no consuntivos en la cuenca del Tajo: 0,000230 €/m3.

5. Canon de regulación para beneficiarios hidroeléctricos con centrales fluyentes en la Cuenca del Tajo: 0,000174 €/kWh.

6. Canon de regulación para beneficiarios de riego del Sudeste: 0,003452 €/m3.

7. Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento del Sudeste: 0,003453 €/m3.

8. Canon de regulación para beneficiarios de usos varios en Guadiana: 0,003457 €/ m3.

Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por las obras de regulación de Entrepeñas y Buendía.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en los Boletines Oficiales de las Provincias de Guadalajara, Cuenca, Toledo y Cáceres y en el de la Comunidad de Madrid, las reclamaciones que estimen oportunas en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo sitas en la Avda. de Portugal, 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 29 de agosto de 2013.– El Secretario General, Juan Carlos Mérida Fimia.

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