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Viernes, 13 Septiembre 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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Anuncio SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES Y AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN

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Ayuntamiento de Trillo

 

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Anuncio SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES Y AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo inicial sobre aprobación de la ordenanza reguladora del otorgamiento de subvenciones y ayudas por nacimiento o adopción, surtiendo efectos una vez transcurridos quince días desde su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

“ORDENANZA REGULADORA DEL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES Y AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN.

El objetivo de la Corporación de Trillo es potenciar y favorecer el incremento de población, así como potenciar la natalidad en el municipio, por lo que mediante la presente Ordenanza se establece la concesión de subvenciones a los nacimiento o adopciones de niños de la localidad, todo ello de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo.

PRIMERO. ÁMBITO OBJETIVO.

Esta Ordenanza tiene por objeto conceder una subvención en los casos de nacimiento o adopción de niños en el término municipal de Trillo.

Se considera subvención cualquier auxilio o ayuda, directo o indirecto, valorables económicamente, que otorgue el Ayuntamiento.

SEGUNDO. ÁMBITO SUBJETIVO.

Podrán solicitar las subvenciones los padres de los niños nacidos o adoptados, que hayan sido inscritos en el Registro Civil de Trillo y dados de alta por nacimiento en el Padrón Municipal de Trillo.

TERCERO. SOLICITUDES.

La solicitud se realizará mediante escrito al que se acompañará en todo caso:

1. Libro de familia (copia compulsada).

2. Certificado de empadronamiento de toda la unidad familiar (se aporta de oficio por el Ayuntamiento).

3. Número de cuenta corriente asignada para ingresar la subvención.

CUARTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN.

Las solicitudes se presentarán en los tres meses siguientes a la fecha en que hayan transcurrido tres años desde que se produzca el nacimiento o la adopción. Si las solicitudes no reuniesen la totalidad de los requisitos exigidos, el interesado será requerido para que en el plazo de diez días subsane los defectos apreciados, o aporte documentación.

QUINTO. CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO.

Para el otorgamiento de la presente subvención se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Que el padre o la madre estén empadronados en Trillo con al menos dos años de antelación al nacimiento o adopción del hijo.

Que una vez producido el nacimiento o adopción se realice la inscripción en el Registro Civil de Trillo y el alta por nacimiento en el Padrón Municipal de Trillo.

Que el padre, o la madre y el hijo nacido o adoptado permanezcan empadronados ininterrumpidamente en Trillo hasta la fecha de concesión de la subvención.

Estar al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias

SEXTO. CUANTÍA.

El importe de la subvención ascenderá a 1.500 euros por cada niño.

SÉPTIMO. RESOLUCIONES DE CONCESIÓN.

La competencia para resolver sobre la concesión de la subvención corresponde al Alcalde, u órgano en quien delegue.

OCTAVO. BENEFICIARIOS.

Tendrán la consideración de beneficiarios los solicitantes que tengan la patria potestad de los nacidos o adoptados.

DISPOSICIÓN FINAL.

La presente Ordenanza, una vez aprobada definitivamente, entrará en vigor transcurridos quince días desde su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.”

En Trillo a 29 de agosto de 2013.– El Alcalde, Francisco Moreno Muñoz.

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