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Lunes, 27 Junio 2016 09:21

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1760

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE AGUA

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Ayuntamiento de La Yunta

 

1760

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE AGUA

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de La Yunta sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de distribución de agua potable, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha.

En La Yunta a 9 de junio de 2016.– El Alcalde, Juan Carlos Roa Martínez.

Anexo
ACUERDOS

Modificación de la Ordenanza Regaladora de la Tasa por el Suministro de Agua:

(…). Art. 6: La cuota tributaria a exigir por la prestación del servi­cio de suministro se determinará en función de las siguientes tarifas: 1.- VIVIENDAS, LOCALES COMERCIALES Y NAVES AGRÍCOLAS:

a) Cuota fija 20 euros año.

b) O metros cúbicos a 10 metros cúbicos: 0,50 euros/metros cúbicos cada dos meses de lectura.

c) 10 metros cúbico a 20 metros cúbicos: 1 euros/metros cúbicos cada dos meses de lectura.

d) 20 metros cúbicos a 50 metros cúbicos: 2 euros/metros cúbicos cada dos meses de lectura.

e) 50 metros cúbicos en adelante: 4 €/metro cúbico cada dos meses de lectura (…).

El resto de las disposiciones de la ordenanza vigente no sufren ninguna variación. La presente modificación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será aplicable desde el día 1 de enero de 2017, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En La Yunta a 9 de junio de 2016.– El Alcalde, Juan Carlos Roa Martínez.

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