Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 27 Septiembre 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4179

PUNTO ÚNICO - RESOLUCIÓN AUTORIZANDO TRATAMIENTO RESIDUAL DEL VEHÍCULO MATRÍCULA M-4888-TF

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de Torrejón del Rey

 

4179

ANUNCIO

No habiendo sido posible la notificación personal de la resolución por causas no imputables a este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27/11/92), se hace pública conforme al mencionado artículo la parte dispositiva de la resolución de la Alcaldía de fecha 12 de agosto de 2013:

RESOLUCIÓN FINAL DEL EXPEDIENTE

“Se ha constatado que el vehículo cuyo titular es Chijar Constantin, con NIE Y1978482J, con domicilio en c/ Hueros, 31 C.P. 28500 de Arganda (Madrid), y con descripción Turismo Peugeot 406 SF 16V, con matrícula M-4888-TF, permanece estacionado en la c/ Las Damas, del municipio de Torrejón del Rey, con signos evidentes de abandono.

PUNTO ÚNICO - RESOLUCIÓN AUTORIZANDO TRATAMIENTO RESIDUAL DEL VEHÍCULO MATRÍCULA M-4888-TF

RESULTANDO.- Que el vehículo Peugeot 406, SF 16 V con matrícula M-4888-TF, cuyo titular es Chijar Constantin, con NIE Y1978482J, domicilio en c/ Hueros, 31, C.P. 28500, Arganda (Madrid), permanece estacionado en c/ Las Damas del municipio de Torrejón del Rey, con signos evidentes de abandono.”

RESULTANDO.- Que con fechas 17/05/2013 y 20/05/2013, esta Administración intentó notificación al titular del mismo, D. Chijar Constantin, para advertirle que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.

RESULTANDO.- Que no habiendo sido posible la notificación personal al propietario en la dirección que consta en la Dirección Provincial de Tráfico, se ha procedido a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara con fecha 21 de junio de 2013 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arganda, desde el día 13/07/2013 hasta el día 30/07/2013, sin haberse retirado el vehículo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 86.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, establece que la Administración competente en materia de gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones, o cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula. Con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración requerirá al titular del mismo advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.

SEGUNDO.- Examinado el expediente, se comprueba que se cumplen todas las circunstancias previstas en el artículo 86.1 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, para acordar la retirada del vehículo del lugar donde se encuentra y su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento.

Es por todo lo expuesto que en el uso de las competencias atribuidas en el artículo 21-1-S, según redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, a la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:

PRIMERO.- Autorizar el tratamiento residual del vehículo marca Peugeot 406 SF 16 V, con matrícula M-4888-TF, por lo que se deberá trasladar a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación.

SEGUNDO.- Que en cumplimiento del artículo 4.3 de la Ley 10/1998 de Residuos se proceda a la eliminación del mencionado vehículo, toda vez que, habiéndose cumplido los plazos y circunstancias que se acreditan en los respectivos expedientes, dicho vehículo haya adquirido la condición de residuo sólido urbano.

TERCERO.- Que dicha eliminación se lleve a cabo a través de la Policía Local de Torrejón del Rey según la forma habitual reglamentariamente establecida.

CUARTO.- Dado que las notificaciones anteriores a la única dirección que consta de este titular han resultado infructuosas por resultar desconocido, la siguiente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Torrejón del Rey a 16 de septiembre de 2013.– El Alcalde.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Torrejón del Rey
Visto 126 veces