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Miércoles, 06 Julio 2016 09:43

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1859

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169, por remisión del 117.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 2 de abril de 2016, sobre expediente de modificación de crédito n.º 1/2016 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:

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Ayuntamiento de Montiel

 

1859

Anuncio

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169, por remisión del 117.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 2 de abril de 2016, sobre expediente de modificación de crédito n.º 1/2016 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:

SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

EUROS

160.619

FOSA SÉPTICA

4.000,00

433.609

PROYECTO BALNEARIO

96.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosos-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Mantiel a 17 de junio de 2016.– El Alcalde.

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