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Miércoles, 11 Diciembre 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5376

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los ar­tícu­los 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y ar­tícu­los 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

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Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda

 

5376

Bando

D. Manuel Lara García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda, hago saber:

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los ar­tícu­los 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y ar­tícu­los 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que, en la Secretaría del Ayuntamiento, puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En El Cubillo de Uceda a 19 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Manuel Lara García.

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