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Viernes, 23 Septiembre 2016 08:19

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2756

RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL

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Ayuntamiento de Marchamalo

 

2756

 

 

ANUNCIO

RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL

Realizada rectificación de error material en la transcripción del acuerdo plenario de fecha 06/10/2015, relativo a la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servi­cio de suministro de agua potable, de conformidad con el art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y que fue objeto de publicación en el BOP n.º 147 de fecha 07/12/2015, procede realizar la correcta publicación del mismo en los siguientes términos:

«Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servi­cio de suministro de agua potable.

Donde dice:

EPIGRAFE 3

SUMINISTRO DE AGUA

el volumen de agua consumida en cada periodo cuatrimestral, se liquidara teniendo

en cuenta los precios señalados para cada tramo de volúmenes parciales

y en relación a los usos que seguidamente se indican

3.1.2 USOS COMERCIALES E INDUSTRIALES Y OTROS

Por cuatrimestre

De 0 hasta 27 m3 (0-222 l./día)

0,40 Euros

Más de 27 m3 hasta 733 m3 (223-6.111 l./día)

0,43 Euros

Más de 733 m3 (más de 6.111 l./día)

0,47 Euros

Debe decir:

EPIGRAFE 3

SUMINISTRO DE AGUA

el volumen de agua consumida en cada periodo cuatrimestral, se liquidara teniendo

en cuenta los precios señalados para cada tramo de volúmenes parciales

y en relación a los usos que seguidamente se indican

3.1.2 USOS COMERCIALES E INDUSTRIALES Y OTROS

Por cuatrimestre

De 0 hasta 27 m3 (0-222 l./día)

0,33 Euros

Más de 27 m3 hasta 733 m3 (223-6.111 l./día)

0,35 Euros

Más de 733 m3 (más de 6.111 l./día)

0,38 Euros

Marchamalo a 20 de septiembre de 2016.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.

 

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