Ayuntamiento de Jadraque
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En sesión plenaria 2/2016 de fecha 19 de mayo de 2016, se aprobó la renovación de la Comisión local de pastos de este municipio, lo que se publica para el general conocimiento.
Visto que, con fecha 8 de marzo de 2016, la Alcaldía de este Ayuntamiento inició expediente para la renovación de la Comisión local de pastos de este municipio por haber finalizado el mandato de la anterior.
Visto que, con fecha 8 de marzo de 2016, se solicitó a las organizaciones agrarias Grupo APAG y SAT Coagral y UPA, que emitieran propuesta para el nombramiento de los Vocales de la Comisión local de pastos.
Visto el informe de Secretaría de fechas 8 de marzo y 7 de abril de 2016, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, el Pleno, adopta el siguiente.
ACUERDO
PRIMERO. Proceder a la renovación de los cargos de la Comisión local de pastos de este municipio por haber finalizado el mandato de la anterior Comisión.
SEGUNDO. El Presidente de la Comisión local de pastos será el concejal D. Justo Rojo Pérez, ejercerá de Secretario de la misma el funcionario del Ayuntamiento D.ª María del Pilar Casteleiro Rodríguez.
TERCERO. Nombrar a los siguientes miembros Vocales de la Comisión, de acuerdo a las propuestas formuladas por Grupo APAG y SAT Coagral y UPA.
- Vocales en representación de los propietarios de tierras sujetas al régimen de ordenación de pastos:
1. D. Santiago Barriopedro Serrano.
2. D. Luis Sanz Barahona.
3. D. Santos Sanz Fraile.
- Vocales en representación de los ganaderos con explotación en el término o con pastos adjudicados en el municipio:
1. D.ª Belén Barriopedro Sanz (Barriopedro Serrano Hijos CB).
2. D. Julián Llorente Somolinos.
3. D. Alberto Domínguez Luis (como representante del Ayuntamiento al no haber más ganaderos).
CUARTO. Notificar a los interesados su nombramiento como Vocales de la Comisión local de pastos.
QUINTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el presente acuerdo.
Tras la pertinente deliberación, se aprueba por unanimidad de los concejales asistentes.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Jadraque, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Jadraque a 20 de mayo de 2016.– El Alcalde, Alberto Domínguez Luis.
