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Viernes, 13 Diciembre 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5418

Que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Reglamento n.º 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección de Juez de Paz, titular y sustituto, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.

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Ayuntamiento de Puebla de Beleña

 

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D. Fernando Senesteva Piñedo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Puebla de Beleña, hago saber:

Que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Reglamento n.º 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección de Juez de Paz, titular y sustituto, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.

Las instancias podrán presentarse en las oficinas del Ayuntamiento en el plazo de 10 días naturales, a contar desde su publicación en el BOP.

En Puebla de Beleña a 21 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Fernando Senesteva Piñedo.

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