Departamento de Personal
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BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE COORDINADOR DE URBANISMO E INFRAESTRUCTURA
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se convoca la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de Coordinador de Urbanismo e Infraestructura, incluido en la Relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Guadalajara, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 15 de enero de 2014, con las características indicadas en la misma.
SEGUNDA: REQUISITOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.
1. Los aspirantes al puesto objeto de la convocatoria deberán tener la condición de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Guadalajara y pertenecer al subgrupo A1, escala de administración general, subescala técnica, clase superior, categoría técnico de administración general.
2. Igualmente, podrá participar en la misma el personal funcionario de la Administración General del Estado, los de las Administraciones de la Comunidades Autónomas y los de las Entidades Locales que pertenezcan a cuerpos o escalas de características análogas, conforme al artículo 82 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
3. Los requisitos exigidos en la presente convocatoria, así como los méritos alegados por los solicitantes, deberán cumplirse y se valorarán con referencia a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
TERCERA: INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debidamente cumplimentadas, durante el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2. Las personas aspirantes acompañarán a las solicitudes documentación acreditativa de los requisitos exigidos para el puesto. Asimismo, acompañarán currículo en los que figuren historias profesionales, titulaciones académicas, diplomas, publicaciones, estudios y cursos realizados en relación con el puesto solicitado y otros méritos que se estimen oportunos poner de manifiesto. Las circunstancias que se hagan constar en los currículos se probarán acompañando la documentación acreditativa mediante certificaciones originales o fotocopias compulsadas.
Los funcionarios que no pertenezcan al Ayuntamiento de Guadalajara deberán acompañar un certificado acreditativo de servicios donde figure su condición de funcionario de carrera, haciendo constar la categoría que ostenta, escala y subgrupo al que pertenece.
3. Expirado el plazo de presentación de instancias, se aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se expondrán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa
La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones o subsanaciones. Si hubiere reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que dicho órgano aprobará la lista definitiva, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
CUARTA: SISTEMA DE PROVISIÓN Y SELECCIÓN DE ASPIRANTES.
1. El sistema de provisión es el de libre designación, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia previa y capacitación de los candidatos.
2. Los aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículo profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar; asimismo, podrá recabarles las aclaraciones o, en su caso, la aportación de documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados o insuficientemente justificados.
QUINTA: NOMBRAMIENTO Y CESE.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, el Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, procederá a resolver la convocatoria a favor de quien considere más idóneo para el puesto de trabajo objeto de la misma, sujeto a los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, salvo que el órgano convocante acuerde, de forma motivada, declarar desierto el puesto.
2. La resolución se motivará con referencia al cumplimento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, a la observancia del procedimiento establecido en las bases y a la competencia para proceder al nombramiento.
3. El aspirante así nombrado podrá ser cesado discrecionalmente del ejercicio de sus funciones.
SEXTA: RECURSOS.
Contra la presente convocatoria, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara en el plazo de un mes, a contar de la misma forma que el anterior recurso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Guadalajara, 27 de enero de 2014.– La Concejala Delegada de Personal, Encarnación Jiménez Mínguez.
