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Lunes, 24 Febrero 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

530

El Pleno del Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de diciembre de 2013, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado reclamación alguna, ha quedado automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo plenario de transferencia de créditos, entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, cuyo resumen es el siguiente:

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Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda

 

530

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

El Pleno del Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de diciembre de 2013, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado reclamación alguna, ha quedado automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo plenario de transferencia de créditos, entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, cuyo resumen es el siguiente:

Altas en partidas de gastos

Partida

N.º

Descripción

Euros

Funcional

Económica

     

3

22

 

GASTOS CORRIENTES BIENES Y SERVI­CIOS

8.000

         
     

TOTAL GASTOS

8.000

         

Bajas en partida de gastos

Partida

N.º

Descripción

Euros

Funcional

Económica

     

1

61

 

INVERSIONES

8.000

         
     

TOTAL GASTOS

8.000

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los ar­tícu­los 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En El Cubillo de Uceda a 4 de febrero de 2014.– El Alcalde, Manuel Lara García.

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Cubillo de Uceda (El)
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