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Miércoles, 19 Febrero 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

466

En cumplimiento de lo previsto en el ar­tícu­lo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2014, ha acordado la modificación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por alojamiento en la vivienda tutelada para mayores y prestación de otros servi­cios sociales asistenciales.

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Ayuntamiento de Alcolea del Pinar

 

466

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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En cumplimiento de lo previsto en el ar­tícu­lo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2014, ha acordado la modificación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por alojamiento en la vivienda tutelada para mayores y prestación de otros servi­cios sociales asistenciales.

Los interesados legítimos a que hace referencia el ar­tícu­lo 18 del citado Texto Refundido, podrán examinar el expediente en la Secretaría del Ayuntamiento y presentar ante el Pleno del Ayuntamiento las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.

Alcolea del Pinar a 4 de febrero de 2014.– El Alcalde, Isidoro Escolano Albacete.

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