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Miércoles, 13 Julio 2016 09:14

Mancomunidad de Servicios Múltiples

1923

Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2016 y comprensivo aquel del Presupuesto general de esta corporación, las Bases de ejecución y la Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el ar­tícu­lo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

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1923

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2016 y comprensivo aquel del Presupuesto general de esta corporación, las Bases de ejecución y la Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el ar­tícu­lo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Presupuesto de gastos 2016

Capítulo

Denominación

Importe

1

Personal

17.120,00 €

2

Corrientes en bienes y servicios

244.122,00 €

3

Financieros

28.909,00 €

4

Transferencias corrientes

 

5

Fondo de contingencia

2.036,00 €

6

Inversiones reales

3.324,00 €

7

Transferencias de capital

 

8

Activos financieros

 

9

Pasivos financieros

122.489,00 €

 

Total

418.000,00 €

     

Presupuesto de ingresos

Capítulo

Denominación

Importe

1

Impuestos directos

 

2

Impuestos indirectos

 

3

Tasas, precios públicos y otros

15.000,00 €

4

Transferencias corrientes

396.500,00 €

5

Ingresos patrimoniales

500,00 €

6

Enajenación de inversiones reales

 

7

Transferencias de capital

6.000,00 €

8

Activos financieros

 

9

Pasivos financieros

 

 

TOTAL

418.000,00 €

Plantilla de personal

Denominación

N.º de plazas

1. PERSONAL FUNCIONARIO

 

1.1 Secretario-Interventor (Grupo A.1, CD 30)

1

Total

1

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los ar­tícu­los 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Cifuentes a 29 de junio de 2016.– La Presidencia, Rosa M.ª Cabellos del Sol.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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