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Lunes, 17 Marzo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE Servi­cioS, UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL VALDELUZ

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Ayuntamiento de Yebes

 

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Transcurrido el plazo de exposición al público, sin que se hayan presentado reclamaciones, quedan automáticamente elevados a definitivos los acuerdos provisionales de este Ayuntamiento, de fecha 20 de diciembre de 2013, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 22 de enero de 2014, n.º 10, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servi­cios, utilización de instalaciones y realización de actividades en el Centro Deportivo Municipal Valdeluz, cuyo texto íntegro se hace público en el anexo, en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer, por los interesados, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Yebes a 3 de marzo de 2014.– El Alcalde, José Joaquín Ormazábal Fernández.

Anexo

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE Servi­cioS, UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL VALDELUZ

Se modifican únicamente los ar­tícu­los 5 y 6 de dicha Ordenanza, siendo la redacción de dichos ar­tícu­los la siguiente:

Ar­tícu­lo 5. Cuota tributaria.

El importe de la tasa a abonar por la utilización de las instalaciones deportivas, la prestación de cada uno de los servi­cios o la realización de las actividades a que se refiere esta Ordenanza, se determinará según cantidad fija o en función de los elementos o factores que se indican en los respectivos epígrafes

ACTIVIDAD

PRECIO (€)

EMPADRONADO

NO EMPADRONADO

USO DE SALAS DEL PABELLÓN

GIMNASIO (14 años en adelante)*

25 €/mes

29 €/mes

71 €/trimestre

81 €/trimestre

135 €/semestre

150 €/semestre

250 €/año

280 €/año

VALDELUZ PLUS (gimnasio + clases colectivas)

Clases colectivas (pilates, zumba, fitnees y ciclo indoor)

29 €/mes

33 €/mes

81 €/trimestre

93 €/trimestre

150 €/semestre

174 €/semestre

280 €/año

330 €/año

3 €/día

4 €/día

BONO 10-VALDELUZ PLUS (gimnasio + clases colectivas)**

28 €/10 usos

32 €/10 usos

USO DE AULA DE FORMACIÓN DE 10:00 A 14:00 HORAS

HORA

25 €

30 €

DÍA

80 €

100 €

SEMANA A (LUNES A VIERNES)

450 €

550 €

SEMANA B (LUNES A DOMINGO)

620 €

760 €

PISTAS EXTERIORES

ALQUILER DE PISTAS

SIN LUZ

CON LUZ

PÁDEL

5 €/hora

7 €/hora

PISTA MÚLTIPLE

10 €/hora

12 €/hora

TENIS

5 €/hora

7 €/hora

FUTBOL 7

24 €/hora

30 €/hora

FUTBOL 11

45 €/hora

55 €/hora

USO PISTA DE ATLETISMO

ACCESO A LA PISTA Y USO DE LA MISMA DE FORMA AUTÓNOMA

1 €/día

BONO 10 ENTRADAS

8 €/10 entradas

TEMPORADA

35 €/6 meses

PABELLÓN

PISTA PABELLÓN PARA ENTRENAMIENTO 1 HORA A LA SEMANA FIJA (TEMPORADA)

800 €

PISTA PABELLÓN PARA ENTRENAMIENTO 2 HORAS A LA SEMANA FIJAS (TEMPORADA)

1.400 €

PISTA PABELLÓN (TERCIO)

12 €/hora

PISTA PABELLÓN

25 €/hora

ALQUILER 1/3 PABELLÓN TEMPORADA

280 €.

ALQUILER PABELLÓN COMPLETO ACTOS NO DEPORTIVOS

2.000 €/día

ESCUELAS DEPORTIVAS***

(2 CLASES SEMANALES DE 1 HORA/CADA CLASE)

 

MÍNIMO USUARIOS

EMPADRONADO

NO EMPADRONADO

FUTBOL SALA

14

150 €/temporada

175 €/temporada

VOLEIBOL

12 - 14

150 €/temporada

175 €/temporada

BALONCESTO

10 - 12

150 €/temporada

175 €/temporada

BALONMANO

14

150 €/temporada

175 €/temporada

PREDEPORTE (4 - 6 AÑOS)

15 - 18

150 €/temporada

175 €/temporada

FUTBOL 7

     

BENJAMÍN

14 - 16

150 €/temporada

175 €/temporada

ALEVÍN

14 - 16

150 €/temporada

175 €/temporada

FUTBOL 11

     

INFANTIL

18 - 20

150 €/temporada

175 €/temporada

CADETE

18 - 20

150 €/temporada

175 €/temporada

CLASES COLECTIVAS (2 CLASES SEMANALES DE 1 HORA/CADA CLASE)

BAILE MODERNO (INFANTIL)

12

28 €/mes

32 €/mes

YOGA

12

28 €/mes

32 €/mes

BALLET

12

28 €/mes

32 €/mes

DANZA DEL VIENTRE

10

28 €/mes

32 €/mes

DEFENSA PERSONAL

8

33 €/mes

39 €/mes

TAI BOIXING

10

33 €/mes

39 €/mes

BAILE DE SALÓN

10

33 €/mes

39 €/mes

PILATES

12

28 €/mes

32 €/mes

ZUMBA FITNESS

10

33 €/mes

39 €/mes

CURSOS (2 CLASES SEMANALES DE 1 HORA/CADA CLASE)

PÁDEL

     

(6 - 8 AÑOS)

8

25 €/mes

28 €/mes

(9 - 11 AÑOS)

8

25 €/mes

28 €/mes

(12 - 14 AÑOS)

6

25 €/mes

28 €/mes

ADULTOS

4

29 €/mes

33 €/mes

TENIS

     

(6 - 8 AÑOS)

8

25 €/mes

28 €/mes

(9 - 11 AÑOS)

8

25 €/mes

28 €/mes

(12 - 14 AÑOS)

6

25 €/mes

28 €/mes

ADULTOS

4

29 €/mes

33 €/mes

* Para el uso del gimnasio por personas de edades comprendidas entre los 14 a 15 años, se deberá ir acompañado del padre/madre o tutor, y cuando las personas usuarias tengan de 16 a 17 años, deberán aportar autorización firmada por el padre/madre o tutor.

** El bono 10-Valdeluz Plus (Gimnasio + clases colectivas) tendrá una duración de seis meses y es personal e intransferible.

*** Las escuelas deportivas incluyen una dotación por temporada, no así los cursos.

El Ayuntamiento podrá variar las clases colectivas incluidas en el epígrafe Valdeluz Plus, debiendo publicar la variación con la suficiente antelación en el tablón de anuncios del Centro Deportivo Municipal y dependencias municipales.

En el epígrafe de clases colectivas se han incluido las más demandadas, pudiendo el Ayuntamiento incluir otras con este mismo criterio de demanda, oscilando los precios de las nuevas clases entre los que figuran en las tarifas correspondientes a este epígrafe, es decir entre 28 y 33 € para empadronados y 32 y 39 € para no empadronados.

Ar­tícu­lo 6. Exenciones, reducciones y bonificaciones.

Además de las reducciones contempladas en el ar­tícu­lo 5 para empadronados.

Reducción del 20% para los siguientes colectivos especiales:

Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, miembros de Protección Civil Local, miembros de familias numerosas, minusválidos reconocidos legalmente, mayores de 65 años y clubes deportivos locales.

Los parados de larga duración de la localidad que acrediten su situación mediante certificado, expedido por órgano competente, del período de inscripción en el desempleo. Debiendo acreditar dicha situación cada vez que se produzca el alta en una actividad o se produzca renovación de periodo.

En caso de escuelas deportivas, la reducción a aplicar a las familias numerosas es la siguiente: 20% al primer hermano, 30% al segundo y siguientes hermanos, siempre que sean usuarios de la misma disciplina.

Todo aquel que, siendo usuario de Valdeluz Plus, se dé de alta como usuario de otra u otras clases colectivas, no incluidas en Valdeluz Plus, tendrá una reducción del 50% en el precio de las mismas.

Las anteriores reducciones no serán acumulables.

La presente modificación, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2013, entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresas.

Información adicional

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