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Lunes, 17 Marzo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del ar­tícu­lo 17 del Real Decreto Legislativo de 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo tomado por el Pleno de la Corporación de fecha 26 de febrero de 2014, de aprobación provisional de imposición y ordenación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de terrenos de naturaleza urbana.

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Ayuntamiento de Valverde de los Arroyos

 

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En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del ar­tícu­lo 17 del Real Decreto Legislativo de 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo tomado por el Pleno de la Corporación de fecha 26 de febrero de 2014, de aprobación provisional de imposición y ordenación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de terrenos de naturaleza urbana.

Los interesados legítimos a los que hace referencia el ar­tícu­lo 18 de la citada Ley podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, tanto contra el acuerdo de imposición del tributo como contra el de aprobación de la Ordenanza, con sujeción a las normas que se indican a continuación:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Treinta días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

En Valverde de los Arroyos a 4 de marzo de 2014.– El Alcalde, José Luis Bermejo Mata.

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  • Municipios: Valverde de los Arroyos
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