Imprimir esta página
imagen no encontrada
Lunes, 24 Marzo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

993

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2014
Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de Peñalver


993

Edicto

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2014

Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento de Peñalver, al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, el Presupuesto general y la Plantilla de personal para el presente ejercicio de 2014, en cumplimiento de lo establecido en el ar­tícu­lo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se da publicidad al presente:

RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS

PRESUPUESTO DE GASTOS

CAPÍTULO

CONCEPTO

CONSIGNACIÓN (€)

1

Gastos de personal

70.400,00

2

Gastos corrientes en bienes y servi­cios

73.000,00

3

Gastos financieros

0,00

4

Transferencias corrientes

31.600,00

6

Inversiones reales

26.000,00

7

Transferencias de capital

0,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

0,00

TOTAL EUROS

201.000,00

PRESUPUESTOS DE INGRESOS

CAPÍTULO

CONCEPTO

CONSIGNACIÓN (€)

1

Impuestos directos

65.000,00

2

Impuestos indirectos

0,00

3

Tasas, precios públicos y otros ingresos

79.000,00

4

Transferencias corrientes

32.000,00

5

Ingresos patrimoniales

11.500,00

6

Enajenación de inversiones reales

500,00.

7

Transferencias de capital

13.000,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

0,00

TOTAL EUROS

201.000,00

PLANTILLA DE PERSONAL APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO PARA 2014

A) Funcionarios:

Secretario-Interventor.

B) Personal laboral fijo:

Auxiliar: 1.

Operario servi­cios múltiples: 1.

C) Personal laboral temporal:

Auxiliar de ayuda a domicilio: 2.

Contra el presente Presupuesto, las personas y entidades a las que se refieren los ar­tícu­los 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 170.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del mencionado ar­tícu­lo 170, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, desde la publicación del presente. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Peñalver a 13 de marzo de 2014.– El Alcalde, José Ángel Parra Mínguez.

Visto 355 veces