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Viernes, 28 Marzo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1051

Visto art. 4 de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por realización de actividades y talleres infantiles, juveniles y de la tercera edad, publicada en BOP n.º 73 de fecha 18 de junio de 2012, modificada y publicada en BOP n.º 66 de 3 de junio de 2013, se hacen públicos los precios públicos a aplicar a la actividad zumba kids.

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Ayuntamiento de Villanueva de la Torre

 

1051

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Visto art. 4 de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por realización de actividades y talleres infantiles, juveniles y de la tercera edad, publicada en BOP n.º 73 de fecha 18 de junio de 2012, modificada y publicada en BOP n.º 66 de 3 de junio de 2013, se hacen públicos los precios públicos a aplicar a la actividad zumba kids.

Visto que el pago habrá de realizarse mediante ingreso en las entidades autorizadas o bien por pago efectivo a los responsables del servi­cio, con carácter previo a la prestación de cada actividad o taller, debiendo presentar el justificante de pago a la persona designada por el Ayuntamiento como requisito previo a la formalización de la inscripción y, en todo caso, con antelación a su participación en dichas actividades. Se exige, en todos los casos, el establecimiento de un número mínimo de usuarios establecido en contrato para que pueda desarrollarse el taller o actividad.

Visto el coste del contrato, se le aplica el 10% por costes indirectos de conformidad con la Ordenanza fiscal, de conformidad con las atribuciones establecidas por Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por este mi decreto, HE RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar el importe del precio público de la actividad relacionada:

ACTIVIDAD

DÍAS IMPARTICIÓN

HORARIO

PRECIO

ZUMBA KIDS

LUNES Y MIÉRCOLES

DE 18:30 A 19:30

20,00 €

SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

“Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer ante el Pleno recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere oportuno.”

Villanueva de la Torre a 14 de marzo de 2014.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.

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