Ayuntamiento de Condemios de Arriba
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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por RD 2/2004, de 05/03/04, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de esta localidad, en sesión celebrada el día 8 de marzo de 2014, acordó aprobar con carácter provisional la siguiente Ordenanza fiscal:
- Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con grúa de obra.
Los interesados legítimos a que referencia el artículo 18 de la citada Ley aprobada por DL 2/2004, podrán examinar el expediente y Ordenanza fiscal, y presentar ante el Pleno del Ayuntamiento las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días, contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Significando que, en caso de no presentarse reclamación alguna, el acuerdo provisional, al igual que las correspondiente Ordenanza Fiscal, quedará elevado automáticamente a definitivo.
En Condemios de Arriba a 12 de marzo de 2014.– El Alcalde, Manuel Ortega Fernández.