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Miércoles, 23 Abril 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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?Visto el art. 4 de la Ordenanza fiscal reguladora del Precio público por realización de Actividades y talleres infantiles, juveniles y de la tercera edad, publicada en BOP n.º 73 de fecha 18 de junio de 2012, modificada y publicada en BOP n.º 66 de 3 de junio de 2013, se hacen públicas las Tarifas a aplicar a las Actividades de campamentos urbanos y cursos intensivos.

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Ayuntamiento de Villanueva de la Torre

 

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Ayuntamiento de Villanueva de la Torre

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“Visto el art. 4 de la Ordenanza fiscal reguladora del Precio público por realización de Actividades y talleres infantiles, juveniles y de la tercera edad, publicada en BOP n.º 73 de fecha 18 de junio de 2012, modificada y publicada en BOP n.º 66 de 3 de junio de 2013, se hacen públicas las Tarifas a aplicar a las Actividades de campamentos urbanos y cursos intensivos.

Visto que, de conformidad con el mismo ar­tícu­lo, el pago habrá de realizarse mediante ingreso en las entidades autorizadas, con carácter previo a la prestación de cada actividad o taller, debiendo presentar el justificante de pago a la persona designada por el Ayuntamiento como requisito previo a la formalización de la inscripción y, en todo caso, con antelación a su participación en dichas actividades. Se exige, en todos los casos, el establecimiento de un número mínimo de usuarios establecido en contrato, para que pueda desarrollarse el taller o actividad.

Visto el coste del contrato, se le aplica el 10% por costes indirectos, de conformidad con la Ordenanza fiscal, por este MI DECRETO, HE RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar el importe del precio público de la Actividad de campamento urbano, de conformidad con la siguiente Tarifa por alumno (la información específica está disponible en cada una de las sedes donde se celebran, así como en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre):

CAMPAMENTO DE FESTIVIDAD DE CARNAVAL

PERIODO

HORARIO

PRECIO PÚBLICO

3 Y 4 DE MARZO

De 9:00 A 14:00

20,00 €

SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento”

“Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer ante el Pleno recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere oportuno.

Villanueva de la Torre a 1 de abril de 2014.– La Vicesecretaria-Interventora, Marta Navarro Ortega.

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