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Lunes, 28 Abril 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1559

La Alcaldía de esta Corporación, mediante Resolución de fecha 19 de diciembre de 2013, ha incoado expediente sancionador por abandono de ve­hícu­los a motor. En la tramitación de los expedientes, han sido declarados como presuntos responsables de una serie de hechos constitutivos de infracción grave por abandono total del ve­hícu­lo y sancionados con una multa de 600 a 30.000 euros y la obligación de retirar el ve­hícu­lo, a su cargo, los siguientes interesados:

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Ayuntamiento de Cabanillas del Campo

 

1559

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La Alcaldía de esta Corporación, mediante Resolución de fecha 19 de diciembre de 2013, ha incoado expediente sancionador por abandono de ve­hícu­los a motor. En la tramitación de los expedientes, han sido declarados como presuntos responsables de una serie de hechos constitutivos de infracción grave por abandono total del ve­hícu­lo y sancionados con una multa de 600 a 30.000 euros y la obligación de retirar el ve­hícu­lo, a su cargo, los siguientes interesados:

Responsable

Ve­hícu­lo

Matrícula

Emplazamiento

OSCAR ENRIQUE QUINTEROS MENDOZA

TOYOTA AVENIS

2973-DLJ

C/ CUZCO, FRENTE AL N.º 3

De conformidad con el ar­tícu­lo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, la Resolución se notifica al denunciado informándole que, contra los actos de trámite que deciden, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, de conformidad con el ar­tícu­lo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJAP y PAC), podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los ar­tícu­los 62 y 63 de la LRJAP y PAC. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, siendo el plazo máximo, para dictar y notificar la resolución, de un mes desde su interposición.

Habiendo intentado la notificación a los interesados, no ha podido practicarse, por ello y de acuerdo con el ar­tícu­lo 59.5 de la LRJ y PAC se procede a su publicación durante el plazo de quince días, mediante anuncios en el BOP de Guadalajara y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

En el supuesto de no presentar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.

En Cabanillas del Campo a 4 de abril de 2014.– El Alcalde, Jaime Celada López.

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