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Viernes, 13 Junio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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De conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada por dos veces la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación por edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución del expediente sancionador en materia urbanística que se tramita por infracción urbanística por obras en la parcela 30 del polígono 10 del catastro de rústica de Marchamalo.

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Ayuntamiento de Marchamalo

 

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NOTIFICACIÓN POR Edicto DE ACTO ADMINISTRATIVO

De conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada por dos veces la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación por edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución del expediente sancionador en materia urbanística que se tramita por infracción urbanística por obras en la parcela 30 del polígono 10 del catastro de rústica de Marchamalo.

- INTERESADO: Proyectos e Inversiones Medina, S.L.

- RESEÑA TEXTO ACTO ADMINISTRATIVO:

Resolución de expediente sancionador por infracción urbanística por obras en la parcela 30 del polígono 10 del catastro de rústica de Marchamalo.

- RECURSOS:

Lo que se le notifica de conformidad con el ar­tícu­lo 20.5 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, haciéndole constar que, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de acuerdo con lo que dispone el ar­tícu­lo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el término de dos meses, desde el día siguiente de la recepción de esta notificación. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime más conveniente.

- LIQUIDACIÓN:

CONCEPTO: Multa por resolución de expediente sancionador en la parcela 30, polígono 10 del catastro de rústica, de Marchamalo.

DETALLE DE LA LIQUIDACIÓN:

De acuerdo con la resolución de Alcaldía de fecha 16 de mayo de 2014, y en los términos establecidos en los arts. 183 y 184 del TRLOTAU, y art. 88 del Decreto 34/2011, Reglamento de

Disciplina Urbanística, se impone multa, según el siguiente detalle:

Infracción: Exceso de altura permitida en nave construida con licencia.

Sanción: Multa de 7.368,05 €.

1.842,01 €

Infracción: Construcción de nave sin licencia.

Sanción: Multa de 6.000,00 €.

2.000,00 €

TOTAL A INGRESAR

3.842,01 €

El importe de la liquidación habrá de ser ingresado a nombre del Ayuntamiento de Marchamalo, en cualquiera de las Entidades Bancarias Colaboradoras siguientes, y dentro de los plazos que se especifican al dorso (de no efectuarse el ingreso dentro de los referidos plazos, se ingresará con recargo del 20%):

Ibercaja:

2085 7610 35 0300055882

B.B.V.A.:

0182 2951 61 0010803153

La Caixa

2100 8769 08 2200035957

Bankia:

2038 4724 23 6000002088

 

PLAZOS PARA INGRESO VOLUNTARIO

El pago de los derechos resultantes de la anterior liquidación se harán efectivos en la siguiente forma, tal y como determina el art. 62 de la Ley General Tributaria.

Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

RECURSOS

Recurso de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al que reciba la presente notificación, previamente al recurso contencioso-administrativo.

La interposición del recurso no interrumpirá, por sí sola, los plazos para hacer efectivo el importe de la deuda tributaria.

El expediente en cuestión, queda a su disposición en las oficinas municipales, sitas en la Plaza Mayor, n.º 1, a fin de que en el plazo de veinte días pueda examinarlo, y en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que tenga por conveniente.

En Marchamalo a 26 de mayo de 2014.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría

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