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Lunes, 08 Agosto 2016 10:30

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2272

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 27 de junio de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2016, que se hace público con el siguiente contenido:

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Ayuntamiento de Chiloeches

 

2272

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En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 27 de junio de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2016, que se hace público con el siguiente contenido:

Crédito extraordinario

A.P.

Denominación

Modificación

Á. de G

Econo.

1

2

SERVICIOS PUBLICOS BÁSICOS. GASTOS EN BIENES CTES. Y SERVICIOS

15.000,00

1

6

SERVICIOS PUBLICOS BÁSICOS. INVERSIONES REALES

30.000,00

3

2

P. DE BIENES PUBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. GASTOS EN B CTES. Y S.

10.000,00

3

6

PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. INVERSIONES REALES

54.250,00

9

6

ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. INVERSIONES REALES

12.981,00

   

SUBTOTAL

122.231,00

       
       

Suplemento de crédito

A.P.

Denominación

Modificación

Á. de G

Econo.

3

6

P. DE BIENES PUBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. INVERSIONES REALES

2.000,00

9

2

ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

3.000,00

9

6

ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. INVERSIONES REALES

2.500,00

   

SUBTOTAL

7.500,00

       
   

TOTAL

129.731,00

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería por importe de 129.731,00 euros.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Chiloeches, 27 de julio de 2016.– El Alcalde, Juan Andrés García Torrubiano.

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