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Lunes, 16 Junio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2177

En cumplimiento de lo previsto en el ar­tícu­lo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2014, ha aprobado provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de cementerio municipal.

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Ayuntamiento de Saúca

 

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En cumplimiento de lo previsto en el ar­tícu­lo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2014, ha aprobado provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de cementerio municipal.

Los interesados legítimos a que hace referencia el ar­tícu­lo 18 del citado Texto Refundido, podrán examinar el expediente en la Secretaría de esta Entidad Local, y presentar ante el Pleno del Ayuntamiento las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Significando que en caso de no presentarse reclamación alguna, los acuerdos provisionales, al igual que la modificación de la citada ordenanza fiscal, quedarán elevados automáticamente a definitivos.

En Saúca a 21 de mayo de 2014.– El Alcalde, Eduardo Álvarez Feito.

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