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Miércoles, 18 Junio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2231

BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

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Ayuntamiento de Valdeaveruelo

 

2231

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BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

De conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, al haber resultado infructuoso el intento de notificación en el último domicilio conocido, se hace público extracto de las resoluciones de Alcaldía de fecha 2 de junio de 2014:

INTERESADO

EXPEDIENTE

ASUNTO

Mohamed Bouna Maatalla

7/2013

Baja padronal

Moima Abdi Mohamed

7/2013

Baja padronal

Heimu Alva Mohamed

7/2013

Baja padronal

Abdelahi Mohamed Fadel

7/2013

Baja padronal

Abderraman Luali Abdi Mohamed

7/2013

Baja padronal

El expediente íntegro puede ser consultado por el interesado en este Ayuntamiento de lunes a viernes de 9:00 a 14:00, durante los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en al Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos, señalándose que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Valdeaveruelo, de conformidad con los ar­tícu­los 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Valdeaveruelo a 5 de junio de 2014.– El Alcalde, Alberto Cortés Gómez.

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