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Viernes, 30 Mayo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1938

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
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Ayuntamiento de Cifuentes


1938

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Ve­hícu­los de Tracción Mecánica, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Se modifica la redacción del ar­tícu­lo 5.º de la Ordenanza Fiscal quedando redactado del siguiente tenor;

“(….) El Impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:

Potencia y clase de ve­hícu­lo

Cuota

Euros

A) Turismos:

 

De menos de ocho caballos fiscales

13,88

De 8 hasta 11,99 caballos fiscales

37,49

De 12 hasta 15,99 caballos fiscales

79,13

De 16 hasta 19,99 caballos fiscales

98,57

De 20 caballos fiscales en adelante

123,20

B) Autobuses:

De menos de 21 plazas

91,63

De 21 a 50 plazas

130,50

De más de 50 plazas

163,13

C) Camiones:

De menos de 1.000 kilogramos de carga útil

46,51

De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil

91,63

De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil

130,50

De más de 9.999 kilogramos de carga útil

163,13

D) Tractores:

De menos de 16 caballos fiscales

19,44

De 16 a 25 caballos fiscales

30,55

De más de 25 caballos fiscales

91,63

E) Remolques y semirremolques arrastrados por ve­hícu­los de tracción mecánica:

De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil

19,44

De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil

30,55

De más de 2.999 kilogramos de carga útil

91,63

F) Ve­hícu­los:

Ciclomotores

4,86

Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos

4,86

Motocicletas de más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos

8,33

Motocicletas de más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos

16,66

Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos

33,32

Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos

66,64

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Cifuentes a 15 de mayo de 2014.– El Alcalde, José Luis Tenorio Pasamón.

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