Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 16 Julio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2575

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Taragudo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por servi­cio de agua potable, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de Taragudo

 

2575

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Taragudo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por servi­cio de agua potable, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

“Resultando que la Mancomunidad de Aguas La Muela tiene establecida una cuota fija se considera necesario repercutir dicho coste entre los usuarios del servi­cio de agua potable debiendo para ello actualizar el precio fijo del agua. En base a lo anterior, según la propuesta de Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, el Pleno del Ayuntamiento de Taragudo, previa deliberación, con el voto favorable de todos los grupos y, en consecuencia, por unanimidad, los miembros de la Corporación,

ACUERDAN

PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por servi­cio de agua potable, con la redacción que a continuación se recoge:

«Ar­tícu­lo 5. Cuota tributaria.

Cuota fija del servi­cio anual 31,00 euros.»

SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al ar­tícu­lo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto”.

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Taragudo a 1 de julio de 2014.– El Alcalde, José del Molino González.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Taragudo
Visto 522 veces