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Viernes, 27 Junio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DE FECHA 14/02/2014:
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Ayuntamiento de Olmeda de Jadraque


2348

Anuncio DE NOTIFICACIÓN EDICTAL

En virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, intentada la notificación con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 2.º de este ar­tícu­lo, no se ha podido practicar por causas no imputables a este Ayuntamiento, se procede a notificar a la interesada mediante el presente edicto el acto administrativo derivado del procedimiento Liquidación de deuda 1/2013.

NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DE FECHA 14/02/2014:

“Habida cuenta de la deuda de D.ª M.ª Isabel García Ochaíta con este Ayuntamiento en concepto de los gastos producidos en expediente de ejecución subsidiaria por ruina inminente IR 1/2012 y de notificación de expediente de ruina urbanística/2008. Y rectificada la anterior liquidación de la misma que fue aprobada por Decreto de esta Alcaldía de fecha 18 de septiembre de 2013.

Examinada la documentación que acompaña al expediente, y vista la nueva propuesta de liquidación, RESUELVO

Aprobar la liquidación de referencia tal y como ha sido practicada por el Tesorero, que sustituye a la aprobada por Decreto de esta Alcaldía de fecha 18 de septiembre de 2013, siendo su tenor literal el que, a continuación, se detalla:

AÑO

CONCEPTO

IMPORTE

TOTAL

2010

Gastos de notificaciones, servicio de Correos, al Ayuntamiento de Madrid y a la Comunidad de Madrid, en expdte. de ruina urbanística/2008, por certificados con A/R

7,29

7,29

2010

Publicación anuncio (notificación edictal) en el Boletín Oficial de las notificaciones a la interesada del expdte. de ruina urbanística/2008

1.077,11

1.077,11

2013

Gastos servicio de Correos, envío notificaciones a la interesada, en expdte. IR 1/2012 de declaración de ruina inminente, por burofax y certificado con A/R

88,77

88,77

2013

Gastos servicio de Correos, envío notificaciones a la colindante, en expdte. IR 1/2012 de declaración de ruina inminente, por burofax y certificado con A/R

33,59

33,59

2013

Factura 201307 (de fecha 15/03/2013) de la empresa “Construcciones, andamiajes y pavimentos S. L.” por demolición edificio en situación de ruina inminente en la calle Real, 15, del municipio (IR 1/2012)

8.223,35

8.223,35

Suma débitos por principal

9.468,33

Recargos de apremio

Intereses de demora

Costas

Total a pagar

9.468,33

”.

La deuda habrá de ser o deberá de ser satisfecha, de conformidad con los ar­tícu­los 33 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con los ar­tícu­los 60 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en los siguientes plazos:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Contra la liquidación practicada y la presente, notificación, el interesado podrá interponer, con carácter potestativo, recurso previo de reposición ante el mismo órgano administrativo que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o al de la recepción de la resolución del recurso de reposición, si esta fuera expresa, o en los seis meses siguientes al de su interposición, si no recayera tal resolución expresa (ar­tícu­lo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime como más pertinente a su derecho.

En Guadalajara a 14 de mayo de 2014.– El Secretario del S.A.M. de la Diputación Provincial en Comisión Circunstancial.

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