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Lunes, 26 Mayo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1874

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los ar­tícu­los 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los ar­tícu­los 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

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Ayuntamiento de Aldeanueva de Guadalajara

 

1874

ANUNCIO

D. Ramón Heredero Martínez Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aldeanueva de Guadalajara hago saber:

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los ar­tícu­los 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los ar­tícu­los 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Aldeanueva de Guadalajara a 9 de mayo de 2014.– El Alcalde, Ramón Heredero Martínez.

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  • Municipios: Aldeanueva de Guadalajara
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