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Lunes, 26 Mayo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1851

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL Servi­cio DOMICILIARIO DE AGUA

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Ayuntamiento de La Mierla

 

1851

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Transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación del servi­cio domiciliario de agua potable, al no haberse presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo tomado por el Pleno de esta corporación de 4 de marzo de 2014, según lo dispuesto en el ar­tícu­lo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Siendo su parte dispositiva como sigue:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL Servi­cio DOMICILIARIO DE AGUA

Ar­tícu­lo 8.º Tarifas.

A) Uso doméstico y uso industrial (anualmente).

Se pasará un recibo de periodicidad anual con el consumo.

Cuota tributaria de cada abonado.

- Acometidas con consumo de agua:

Tarifa: De 0 a 75 m3: 50 €.

De 76 a 100 m3: 0,60 €/m3.

De 101 m3 en adelante: 1 €/m3.

- Acometidas sin consumo de agua: 5,15 €.

B) Derechos de acometida.

A satisfacer por una sola vez y al efectuar la petición, serán 300 € por cada vivienda o local comercial.

Ar­tícu­lo 10.º Mediciones y cálculo del consumo.

2.- párrafo 2.º. “Si al hacer la lectura y durante las visitas de inspección que se giren, se comprobara que el contador está averiado o simplemente no existe, se requerirá al propietario para su inmediata reparación o colocación. La reparación, puesta o sustitución deberá hacerse en el plazo máximo de 15 días. Mientras estuviera averiado se calculará el consumo en un promedio con el de los últimos períodos facturados. En los casos de no reparar el contador averiado o no sustituirlo por otro nuevo en el plazo señalado anteriormente, se le cobrará el triple de lo que normalmente le correspondiera, sin perjuicio de la facultad de cortar el suministro”.

Contra el presente acuerdo de aprobación definitiva de modificación de la ordenanza, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de 2 meses, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En La Mierla a 2 de mayo de 2014.– El Alcalde, Félix Perucha Monge.

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