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Lunes, 30 Junio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2399

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección de Juez de paz sustituto entre las personas que reuniendo las condiciones legales así lo soliciten.

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Ayuntamiento de Aranzueque

 

2399

D. Juan Pablo Sánchez Soria, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aranzueque,

HAGO SABER

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección de Juez de paz sustituto entre las personas que reuniendo las condiciones legales así lo soliciten.

Las instancias podrán presentarse en las oficinas de este Ayuntamiento durante quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Aranzueque a 3 de junio de 2014.– El Alcalde, Juan Pablo Sánchez Soria.

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