Ayuntamiento de Fuencemillán
2657
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Fuencemillán sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa sobre la recogida domiciliaria de basura, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 7 Cuota Tributaria;
Artículo 7 Cuota Tributaria;
La cuota a aplicar será la siguiente:
Por cada vivienda y año: 85 €.
Por cada establecimiento con actividad económica o industria sin punto de recogida específico: 150 €.
Por cada establecimiento con actividad económica o industria con punto de recogida específico: 436 €.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Fuencemillán a 25 de junio de 2014.– El Alcalde, Javier Magro Martínez.