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Lunes, 01 Septiembre 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3163

BAJAS POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES

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Ayuntamiento de Auñón

 

3163

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Notificación

BAJAS POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES

De conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notificación a los interesados, por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, mediante el presente anuncio se procede a la notificación de la resolución de la Alcaldía de fecha 11 de agosto de 2014, recaída en expediente administrativo tramitado con el número 01/2013, en la que se resuelve dar de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Auñón, a las personas que a continuación se relacionan, por no habitar en los domicilios en los que figuran empadronados, en virtud de informe favorable emitido por la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento en el procedimiento incoado para la comprobación de residencia de extranjeros NO ENCSARP:

NOMBRE Y APELLIDOS

FECHA NACIMIENTO

NIE/PASAPORTE

MAREK TOMASZ

09/06/1978

AGA026619

ROMAN WICHA

01/02/1970

AFX769985

HIERONIM ZAPALSKI

02/01/1982

ANZ749914

RYSZARD DUDEK

07/02/1970

AKL995790

PIOTR BUGAJSKI

11/06/1982

AGN670518

KRZYSZTOF BUGAJSKI

16/09/1981

AJM379453

WESLAW DUDEK

06/06/1954

ACE409951

TOMASZ KOWALCZYK

13/03/1958

AFP634609

ANTONI PIORUN

22/05/1953

AFV435462

MAREK ZARICKI

15/08/1976

AGS517638

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicado el presente anuncio en el BOP o de no hacer uso de dicho recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Guadalajara, en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en el ar­tícu­lo 109.c) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Auñón a 14 de agosto de 2014.– El Alcalde, Máximo Santos Dorado.

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