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Lunes, 01 Septiembre 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3143

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de La Toba, adoptado en fecha 11 de julio de 2014, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

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Ayuntamiento de La Toba

 

3143

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de La Toba, adoptado en fecha 11 de julio de 2014, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

161.619

 

1

Renovación red abastecimiento agua potable y saneamiento c/ La Fuente (1.ª fase)

24.000,00

161.619

 

2

Renovación red abastecimiento agua potable y saneamiento en c/ Real (4.ª fase)

25.700,00

161.619

 

3

Renovación red abastecimiento agua potable y saneamiento en c/ Travesaña Baja

11.457,49

161.619

 

4

Renovación red abastecimiento agua potable y saneamiento en Plazuela de Centro

10.900,00

155.619

 

5

Rehabilitación muro c/ Arroyejos

4.000,00

454.619

 

6

Reparación de caminos (Valdecastrillo, Vega de Acá, Calzada, Puente de Valdegrillo, de San Andrés, Colada de las Fuentecillas y del Pozuelo)

34.000,00

     

Total gastos

110.057,49

2.º Financiación.

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en concepto de ingresos

Concepto

N.º

Descripción

Euros

870

 

Remanente tesorería

110.057,49

   

Total ingresos

110.057,49

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En La Toba a 15 de agosto de 2014.– El AIcalde, Julián Atienza García.

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