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Lunes, 15 Agosto 2016 09:50

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2341

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE CAMINOS MUNICIPALES

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Ayuntamiento de Mazuecos

 

2341

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El Pleno del Ayuntamiento de Mazuecos, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de julio de 2016, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la modificación de la Tasa por el aprovechamiento especial de caminos municipales, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del ar­tícu­lo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Mazuecos a 26 de julio de 2016.– El Alcalde, Roberto García García.

Anexo

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE CAMINOS MUNICIPALES

Se modifica el art. 6 que queda como sigue:

«Ar­tícu­lo 6. La cuota tributaria se fija en la cantidad de tres mil euros (3.000,00 euros). El importe de la cuota se prorrateará por meses naturales, en los supuestos de aprovechamientos inferiores al año.»

En Mazuecos a 26 de julio de 2016.– El Alcalde, Roberto García García.

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