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Miércoles, 14 Septiembre 2016 09:10

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2618

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 4 de agosto de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2016, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Tendilla

 

2618

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Tendilla

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 4 de agosto de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2016, que se hace público resumido por capítulos:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

943

761

 

TRANSFERENCIA A OTRAS ENTIDADES LOCALES

4.000

         
         
     

TOTAL GASTOS

4.000

         
         

Alta en concepto de ingresos

Concepto

N.º

Descripción

Euros

870

 

REMANENTE DE TESORERIA

4.000

       
       
   

TOTAL INGRESOS

4.000

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Tendilla a 2 de septiembre de 2016.– El Alcalde, Jesús M.ª Muñoz Sánchez.

 

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