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Miércoles, 24 Diciembre 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4631

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Castellar de la Muela sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de agua potable a domicilio, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

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Ayuntamiento de Castellar de la Muela

 

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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Castellar de la Muela sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de agua potable a domicilio, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

…«Cuotas Tributarias:

Art. 6:

Viviendas, industrias y locales, cada año, en concepto de mínimo: 10 €. El precio del m3 a 0,20€/m3».

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Castellar de la Muela a 28 de noviembre de 2014.– El Alcalde, Pedro Laparra Martínez.

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Castellar de la Muela
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