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Lunes, 06 Octubre 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3522

RESOLUCIÓN n.º 390-S

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Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

 

3522

No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede, de conformidad con el ar­tícu­lo n.º 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la notificación de la Resolución de la Alcaldía n.º 390-S de fecha 11 de agosto de 2014.

RESOLUCIÓN n.º 390-S

«Con fecha 19 de septiembre de 2013 tuvo entrada en el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, con número de registro 14385, solicitud realizada por Ion Ifrim, P.R. n.º X9077138-G, en la que manifiesta que en la Plaza Castilla, n.º 1, 3º C de este municipio, se encuentra empadronado Nicoleta Lavinia Marcu, documento de identidad de Rumanía n.º PH954613, la cual no reside de forma real y efectiva en dicha vivienda y solicita la baja en el padrón de habitantes de dicha persona.

En virtud del ar­tícu­lo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el ar­tícu­lo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado.

Tras el informe emitido por la Policía Local que pone de manifiesto el incumplimiento del ar­tícu­lo 54.1 del citado Reglamento, se inició expediente de baja por inscripción indebida a Nicoleta Lavinia Marcu, documento de identidad de Rumanía n.º PH954613, mediante decreto de la Alcaldía n.º 570-S, de fecha 12 de diciembre de 2013.

No habiéndose recibido ninguna alegación del interesado, se remitió copia del expediente al Consejo de Empadronamiento para que emitiese el informe correspondiente.

El Consejo de Empadronamiento emitió informe favorable con fecha 29 de julio de 2014.

Por todo ello, la Alcaldía-Presidencía, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:

Dar de baja por inclusión indebida, con fecha de hoy, a Nicoleta Lavinia Marcu, documento de identidad de Rumanía n.º PH954613».

Contra este acuerdo podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, desde la recepción de la notificación o contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara [ar­tícu­los 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27/11/1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14/1/1999) y 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE 14/7/1998)].

Azuqueca de Henares, 15 de septiembre de 2014.– La 1.ª Teniente de Alcalde, Sandra Yagüe Sabido.

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