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Atanzón
Atienza
Auñón
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Baides
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Bañuelos
Berninches
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Brihuega
Budia
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Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
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Viernes, 17 Agosto 2018 08:08

ANUNCIO LICITACIÓN LICENCIA AUTO TAXI CLASE B

2506

Plazo para presentación solicitudes concurrencia licencia auto taxi
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AYUNTAMIENTO DE TRILLO


2506

ACUERDO JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Visto que con fecha de 19 de abril de 2018 el Director General de carreteras y Transportes de la JCCM informó favorablemente la concesión de una licencia de auto-taxi clase B para vehículo de siete plazas conductor incluido en el municipio de Trillo.

Visto que se presenta una propuesta de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de adjudicación.

Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

SE ACUERDA

PRIMERO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas que ha de regir el procedimiento de adjudicación de UNA LICENCIA DE AUTO-TAXI CLASE B EN EL MUNICIPIO DE TRILLO para la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros con conductor de SIETE PLAZAS conductor incluido y las correspondientes autorizaciones que habiliten para la prestación de servicios públicos interurbanos.

SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia anuncio de licitación, para que durante el plazo de diez días naturales los interesados puedan presentar las proposiciones que estimen pertinentes.

TERCERO. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, proceder a la exposición pública de la lista en el tablón de anunciosy en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen procedente en defensa de sus derechos, en el plazo de quince días, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo.

CUARTO. Certificadas por Secretaría las alegaciones presentadas por los interesados, los Servicios Técnicos emitirán informe sobre las mismas.

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA DE UNA LICENCIA DE AUTO-TAXI CLASE B EN EL MUNICIPIO DE TRILLO.

PRIMERA.- OBJETO Y CALIFICACIÓN

Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación, en régimen de concurrencia de UNA LICENCIA DE AUTO-TAXI CLASE B EN EL MUNICIPIO DE TRILLO para la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros con conductor y las correspondientes autorizaciones que habiliten para la prestación de servicios públicos interurbanos. SIETE PLAZAS conductor incluido.

Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de Ordenación del Transporte de Personas por Carretera en Castilla-La Mancha, en concordancia con el artículo 123 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, y el Real Decreto 763/ 1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, y demás normativa aplicable.

Las paradas oficiales del Auto-taxi, se situarán en:

- Plaza de la Vega
- C/ Arzobispo a la altura del núm. 2

SEGUNDA.-NATURALEZA DE LA CONCESIÓN

La naturaleza de la relación que vinculará a los adjudicatarios de las licencias de Auto-taxi con el Ayuntamiento de Trillo, será la propia de un servicio de interés público sujeto a intervención administrativa mediante licencia municipal regulado por la Ley 14/2005, de 29 de diciembre y el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo.

TERCERA.- CANON DE CONCESIÓN.

El canon de concesión establecido por la reserva de espacio público, a través de las paradas, queda fijado en QUINIENTOS EUROS ANUALES (500,00.-€/anuales). Todo ello sin perjuicio que el adjudicatario de la licencia deba abonar las tasas correspondientes por el otorgamiento de licencia y autorizaciones que procedan otorgar.

CUARTA.-PERFIL DEL CONTRATANTE

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: https://contrataciondelestado.es

En todo caso se publicará en el perfil del contratante la adjudicación del contrato.

QUINTA.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

La forma de adjudicación será por procedimiento abierto, tramitación ordinaria, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo y en el que todo interesado que cumpla con los requisitos establecidos en la cláusulas 6ª, podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 156 de la LCSP 9/2017.

SEXTA.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

Requisitos de los aspirantes:

6.1.- Con carácter general

a) Ser mayor de 18 años, y no exceder de la fijada por la normativa sectorial para el desarrollo de este tipo de actividad.
b) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigido el citado requisito.
c) Estar en posesión del permiso de conducir de clase B o superior, para conducir los vehículos a que se refiere el artículo 4.2 e) del R.D. 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.
d) Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social, establecidas en la legislación vigente y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar, según el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
e) Acreditar, en el caso de las personas jurídicas, que los conductores que prestan los servicios tienen el certificado exigido por la ley.
f) Compromiso de tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio en los términos establecidos por la normativa vigente.

 

6.2.- Con carácter específico:

Compromiso de realizar el servicio con la aportación de un vehículo, en régimen de propiedad, alquiler, arrendamiento financiero, renting u otro régimen admitido por la normativa vigente. Dicho vehículo deberá cumplir las características y requisitos establecidos por la normativa aplicable, en concreto la de ser un vehículo turismo de antigüedad inferior a 2 años y apto para SIETE plazas, incluida la del conductor, a domiciliar en el municipio de Trillo.

Dichos vehículos a los que hayan de referirse las autorizaciones habrán de cumplir los requisitos previstos en el artículo 3.2 de la Orden de 4 de febrero de 1993, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera, en concreto:

a) Estar matriculados y habilitados para circular. A tal efecto, sólo podrá considerarse que los vehículos que circulen amparados temporalmente por los permisos y placas especiales a que hace referencia el artículo 243 del Código de la Circulación cumplen este requisito cuando ya hubieran pasado la correspondiente inspección técnica de vehículos y obtenido el oportuno certificado.
b) Hallarse vigente la última inspección técnica periódica que legalmente les corresponda.

El cumplimiento de estos requisitos señalados en los apartados anteriores, se acreditarán mediante Declaración Responsable en los términos recogidos en el artículo 69 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe en la presente licitación o incorpore a la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho de la licencia que se pueda otorgar desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

SÉPTIMA- ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE ASPIRANTES

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, plaza Mayor, 1, 19150 Trillo (Guadalajara), en horario de atención al público, dentro del plazo de DIEZ DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el Perfil de contratante.

Las proposiciones podrán presentarse, por correo o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama o correo electrónico a la dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.

La acreditación de la recepción del referido telegrama o correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

OCTAVA.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento se presentarán en dos sobres cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido. La denominación de los sobres es la siguiente:

Sobre “A”: Documentación Administrativa.

Sobre “B”: Solicitud de participación y documentación justificativa del cumplimiento de los criterios.

Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan deberán introducirse los siguientes:

SOBRE “A” DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.

- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.

- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.

- Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.

c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la LCSP 9/2017.

Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.

e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
g) Documentación acreditativa de la marca y modelo del vehículo con el que se desarrollará la actividad. Si el vehículo ya está matriculado, no podrá tener una antigüedad superior a 2 años desde la fecha de matriculación.

SOBRE “B” SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Se presentará conforme al siguiente MODELO:

“D______________________________________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en______________________________, C/____________________________________, Nº __________ provisto de D.N.I/NIE nº_____________, en nombre propio o en representación de la mercantil_____________________, con CIF nº_______________________ HACE CONSTAR:

PRIMERO.-Que con conocimiento de la convocatoria para la adjudicación de UNA LICENCIA DE AUTO-TAXI CLASE B en el Municipio de TRILLO, anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº_________, de fecha___________, con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas que acepto incondicionada e íntegramente, sin salvedad alguna.

SEGUNDO.- Que opto a participar en la licitación de la licencia de Auto-Taxi Clase B para vehículo con un número de plazas SIETE, incluida la del conductor Y a tal efecto propongo como Canon de Adjudicación la cantidad de ………………………. euros ( en letra y en número ).

TERCERO.- Que manifiesto reunir las condiciones generales y específicas señaladas en las en los pliegos de la licitación.

CUARTO.- Declaro reunir todos y cada uno de las condiciones exigidas para contratar con esa Entidad Local.

QUINTO.- Que al objeto de hacerme merecedor del contrato, aporto la siguiente documentación justificativa del cumplimiento de los siguientes criterios establecidos en las bases:

( indicar)

En _____________, a___ de_____ de 20_____

Firma del licitador

NOVENA.- MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, en este caso la alcaldesa Sra. Lorena Álvarez Delgado como titular y suplente Marta Pérez primera teniente de alcalde, y formarán parte de ella, además de la Secretaria de la Mesa Julia Pascual Peinado, con sustituto Fernando Fortea Marín, como vocales, el Secretario del Ayuntamiento Sr. Alfonso Suárez Pliego, como titular, y como suplente María Cruz Ragel Torrano, el Interventor José Luis Bodega Ochaita, como titular, y Montserrat Bodas Madroñal, como suplente, y el funcionario Juan Alberto Muñoz Moreno como titular, y Alba García Herranz como suplente.

Conforme la citada Disposición Adicional Segunda se hace constar expresamente que en la formación de la Mesa de Contratación necesariamente deberá formar parte personal funcionario interino al no existir en esta Corporación personal funcionario de carrera en cantidad y cualificación suficiente para formar parte con normalidad de las mesas de contrataciones sin contar con el personal funcionario interino.

Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el pliego con el anuncio de licitación.

DÉCIMA.-DESARROLLO DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista de admitidos y excluidos, en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara así como en el perfil del contratante, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos en el plazo de quince días hábiles, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del R.D. 763/1979, de 16 de marzo.

Expirado el plazo anterior las solicitudes pasarán a la Mesa de Contratación, en función de los criterios establecidos en la cláusula decimoprimera.

DECIMOPRIMERA.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Para la valoración de las proposiciones por la Mesa de Contratación, se atenderá a varios criterios, adjudicándose las licencias a favor de aquellas personas, naturales o jurídicas que obtengan mayor puntuación con arreglo a los siguientes criterios:

 

 

 

CRITERIOS

PUNTUACIÓN

A) Por hallarse en situación de demandante de empleo con antigüedad superior a un año

1.- Demandantes de empleo mayores de 45 años:

a) Con cargas familiares: 5,00 puntos

b) Sin cargas familiares 4,00 puntos

2.- Demandantes de empleo mayores de 30 años y menores de 45 años:

a) Con cargas familiares: 3,00 puntos

b) Sin cargas familiares: 2,00 puntos

3.- Demandantes de empleo menores de 30 años:

a) Con cargas familiares: 2,00 puntos

b) Sin cargas familiares: 1,00 puntos

 

B) Por cada año de ejercicio de la profesión de conductor de transporte público de viajeros, por cuenta propia o ajena.

0,25 puntos por cada año de experiencia demostrada hasta un máximo de 2,00 puntos

C)Mejores condiciones del vehículo a aportar

Vehículo adaptado para su utilización por personas con movilidad reducida o compromiso de adaptarlo en el plazo de 1 año: 3,00 puntos

D) Proposición económica presentada

Proporcionalmente hasta un máximo de 5,00 puntos

En caso de empate entre los solicitantes se resolverá:

Por ser vecino del Municipio de Trillo con un año mínimo de antigüedad de empadronamiento

Hasta 3,00 puntos:

1.- Entre 1 año y 5 años: 2,00 puntos

2.- Entre 5 y 10 años: 3,00 puntos

 

Y caso de persistir el empate según la mayor antigüedad en la prestación del servicio de conductor.

El cómputo de todos los plazos que se derivan de esta convocatoria será efectuado tomando como referencia la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Los méritos alegados por los aspirantes se acreditarán mediante certificación expedida por la Administración o entidad correspondiente.

DECIMOSEGUNDA.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN.

La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.

La Mesa de Contratación se constituirá tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, y calificará la documentación administrativa contenida en el sobre “A”.

La Mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.

 

En el caso de no ser necesario otorgar un plazo para subsanaciones, procederá seguidamente a la apertura y examen del sobre “B”, pudiendo, en ese momento, solicitar los informes técnicos que considere precisos, los cuales podrán ser evacuados en ese mismo acto en acto posterior, según determine la Mesa de Contratación.

El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.

La Alcaldía requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 75.2 de la LCSP 9/2017, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, en particular:

- La declaración censal de alta correspondiente al Impuesto sobre Actividades Económicas, así como copia de la declaración censal de comienzo de actividad a los efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Recibo acreditativo del pago de la contraprestación pecuniaria (Canon) fijada por el Ayuntamiento por el otorgamiento de la licencia.

- Declaración de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.

- Permiso de circulación del vehículo adscrito a la licencia y con el que va a prestar el servicio.

- Tarjeta de inspección técnica del vehículo.

- Póliza de seguro de responsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículos a motor de suscripción obligatoria.

- Permiso de conducción de clase B o superior.

Si existiera alguna deficiencia lo notificará al interesado, requiriéndole para que la subsane en el plazo de diez días. La no subsanación en dicho plazo de la deficiencia observada, supondrá la ineficacia del otorgamiento de la licencia, dado el incumplimiento de las condiciones anteriores, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

 

El contrato deberá adjudicarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:

a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.

b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.

c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.

En la notificación de la adjudicación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al artículo 153.3 de la LCSP 9/2017.

DECIMOTERCERA.- GARANTÍA DEFINITIVA

El adjudicatario deberá constituir una garantía de una anualidad de canon.

Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 110 de la LCSP 9/2017.

La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato.

DECIMOCUARTA. GASTOS

Los adjudicatarios quedan obligados al pago de los anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y a las tasas e impuestos que procedan, de conformidad con lo dispuesto en las ordenanzas fiscales vigentes en cada momento y demás disposiciones que sean de aplicación, hasta un máximo de 300,00.-€.

DECIMOQUINTA.-DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA LICENCIA.

En el plazo de sesenta días naturales contados desde la fecha de la concesión de la licencia municipal, su titular vendrá obligado a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo afecto al mismo, cumpliendo con el compromiso contraído con la cláusula 6.2 del Pliego.

El adjudicatario deberá obtener la correspondiente autorización de transporte público ante el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Transporte y Vivienda de Guadalajara.

Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de este Pliego, que tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados de la Legislación aplicable.

El adjudicatario de la licencia vendrá obligado a ingresar en la Tesorería Municipal el canon, la tasa e impuestos que procedan, en el plazo de un mes a contar de la notificación de la adjudicación.

Son de aplicación las cláusulas que regulan los supuestos excepcionales de transmisión de la licencia en el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros.

DECIMOSEXTA.- RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y JURISDICCIONALES

Los acuerdos correspondientes del órgano de contratación podrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos pueden interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones públicas, en el plazo de un mes recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del acuerdo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

 

(En Trillo, el 9 de agosto de 2018 por la alcaldesa accidental Sra. Marta Pérez Bachiller, según la redacción aprobada por la Junta de Gobierno) ANEXO I

 

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

 

D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con CIF nº ….……………, en calidad de ………………………...…………………....………

 

DECLARA:

I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 71 de la LCSP 9/2017.

II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago

 

En ……………………………………, a …….. de ……………………..

Fdo.:

 

DILIGENCIA.- La extiendo yo, el Secretario del Ayuntamiento, para hacer constar que el presente pliego de cláusulas administrativas particulares ha sido aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 9 de agosto de 2018. EL SECRETARIO; DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.

 

En Trillo, a 14 de agosto de 2018; La Alcaldesa Sra Lorena Álvarez Delgado

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