AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Almonacid de Zorita, adoptado en fecha 05/12/2017, sobre modificación presupuestaria 7/2017 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de gastos
Altas en aplicaciones de gastos
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
EUROS |
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432 |
609 |
Información y promoción turística. Otras inversiones nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general |
121.400,00 |
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TOTAL DE GASTOS |
121.400,00 |
Baja en aplicaciones de gastos
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
EUROS |
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161 |
619 |
Abastecimiento domiciliario de agua potable. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general |
121.400,00 |
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TOTAL DE GASTOS |
121.400,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Almonacid de Zorita, a 8 de enero de 2018.La Alcaldesa-Presidenta, Fdo.: Dª. Elena Gordon Altares.