AYUNTAMIENTO DE CENDEJAS DE ENMEDIO
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 24 de noviembre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2017, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente liquido de tesorería del ejercicio anterior que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de ingresos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE (€) |
8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
20.400,00 |
Presupuesto de gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE (€) |
6 |
INVERSIONES REALES |
20.400,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cendejas de Enmedio, a 29 de diciembre de 2017.El Alcalde, Fdo.: Ciriaco Cañamares Clemente.