AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA CONCEJALÍA DE FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL
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Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de fecha 5 de septiembre de 2017 por el que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a Asociaciones de Mayores sin ánimo de lucro durante el ejercicio 2017
BDNS: CÓDIGO 362662
Texto del anuncio
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara (http://www.guadalajara.es/es/ayuntamiento/PortalDeTransparencia/Participacion-Ciudadana-Subvenciones-a-asociaciones-ciudadanas).
Primero. Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las asociaciones de mayores y tercera edad legalmente constituidas en el municipio de Guadalajara, sin ánimo de lucro, y que desarrollen sus actividades y tengan su domicilio social en el municipio de Guadalajara, así como las federaciones de mayores, siempre y cuando presenten proyectos diferentes a los presentados por las asociaciones y cuyos beneficiarios sean asociaciones del municipio.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto apoyar y fomentar el asociacionismo y la participación activa de los mayores de Guadalajara en la vida social y comunitaria a través de proyectos y/o actividades de naturaleza social que desarrollen en 2017 destinados a fomentar un envejecimiento activo y saludable y potenciar la convivencia, creatividad, desarrollo personal y calidad de vida de los mayores.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara para el ejercicio 2017; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara publicada el 14 de marzo de 2016 (http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.htm) en el BOP de Guadalajara nº 32 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
Cuarto. Fines.
El Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, desde la Concejalia de Familia y Bienestar Social pretende promover la integración y participación en la vida comunitaria de colectivos sociales en el ámbito del municipio, atendiendo a las necesidades generales y específicas de este colectivo y apoyando a las Entidades y Organizaciones que llevan a cabo programas y actividades en materia de acción social que promuevan un envejecimiento activo y saludable y realicen proyectos de prevención de dependencia y apoyo a la autonomía personal.
Quinto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de 6.375,00 euros
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Guadalajara, a 5 de septiembre de 2017 .-La Concejala del Área de Familia y Bienestar Social Pd. Verónica Renales Romo ( Decreto de la Alcaldía Presidencia de fecha 23 de junio de 2015 y Decreto de la Alcaldía Presidencia de fecha 1 de septiembre de 2017)