AYUNTAMIENTO DE EL CASAR
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Mediante Resolución de Alcaldía nº 2015/0731 de 20 de julio de 2017, se aprobó la creación del fichero “Videocámaras Para el Control del Tráfico” y su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, del tenor literal siguiente:
ASUNTO: CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL CASAR.
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, dispongo:
Primero. - Los ficheros del Ayuntamiento de El Casar serán los contenidos en los anexos de esta/e Resolución.
Segundo. - Se crean los ficheros incluidos en el ANEXO I de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.
Tercero. - Los ficheros que se recogen en los anexos de esta Resolución, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
Cuarto. - En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta/e Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Quinto. - La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición de carácter potestativo ante el mismo órgano que las ha dictado, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Guadalajara, a contar ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de este edicto sin que puedan simultanearse ambos recursos. Asimismo, podrán los sancionados ejercitar cualquier otro recurso que consideren pertinente.
ANEXO I
Ficheros de nueva creación
Fichero: VIDEOCÁMARAS PARA EL CONTROL TRÁFICO
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: Videocámaras para el control tráfico.
a.2) Finalidad y usos previstos: Instalación y uso de videocámaras fijas para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en Calle Falla (núcleo de Montecalderón), caseta de entrada a Urbanización Valdelosllanos y caseta de entrada a Urbanización Las Colinas, todas ellas del municipio de El Casar (Guadalajara). El fichero se somete a la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras. (Seguridad pública y defensa [Actuaciones de fuerzas y cuerpos de seguridad con fines policiales], Finalidades varias [Videovigilancia]).
b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
b.1) Colectivo: Ciudadanos y conductores (ciudadanos y residentes).
b.2) Procedencia:
Del propio interesado (El propio interesado o su representante legal)
Procedimiento de recogida: Mediante la instalación de dos cámaras fijas para el control del tráfico rodado en ambos sentidos en Calle Falla núcleo de Montecalderón), otras dos en la entrada a Urbanización Valdelosllanos y otras dos en la entrada a Urbanización Las Colinas. Además, se instalará una cámara más en el interior de las casetas de control para vigilar el acceso a las cintas de grabación.
c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.
c.1) Estructura:
Datos identificativos: Imagen.
c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.
d) Comunicaciones de los datos previstas:
Órganos judiciales (son datos obtenidos o elaborados con destino a otra administración pública.)(órganos judiciales, fuerzas y cuerpos de seguridad).
e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:
No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.
f) Órganos responsables del fichero:
Ayuntamiento de El Casar.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
Ayuntamiento de El Casar, Plaza Constitución, nº 1 - 19170 El Casar (Guadalajara).
h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.
Lo que se publica, a fin de dar cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
En El Casar a 21 de julio de 2017; EL ALCALDE, José Luis González Lamola