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Jueves, 06 Julio 2017 08:07

CONVOCATORIA DE INCENTIVOS PARA EMPRESAS: INICIO DE LA ACTIVIDAD Y FOMENTO DE LA CANDIDATURA GUADALAJARA CIUDAD EUROPEA DEL DEPORTE. IMPUESTOS CERO 2017

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EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS PARA EMPRESAS: INICIO DE LA ACTIVIDAD Y FOMENTO DE LA CANDIDATURA ?GUADALAJARA CIUDAD EUROPEA DEL DEPORTE?. IMPUESTOS CERO 2017
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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BNDS 353548

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS PARA EMPRESAS: INICIO DE LA ACTIVIDAD Y FOMENTO DE LA CANDIDATURA “GUADALAJARA CIUDAD EUROPEA DEL DEPORTE”. IMPUESTOS CERO 2017

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Línea 1 : Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de empresa y centro de trabajo en Guadalajara y que inicien una nueva actividad económica en el mismo municipio.

 

Línea 2: Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas que tengan la consideración de empresas, así como las entidades financieras, las administraciones públicas y sus organismos autonómos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes, que colaboren económicamente con los eventos deportivos que se celebren en la ciudad de Guadalajara o con clubes deportivos de la ciudad y que estén acreditados por el Patronato Municipal de Deportes con el sello “Guadalajara Ciudad Europea del Deporte”.

Segundo. Objeto:

Regular la convocatoria de ayudas municipales dirigidas a apoyar nuevas actividades económicas y al fomento de la candidatura “Guadalajara Ciudad Europea del Deporte”.

Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016.

https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/1-anuncio/3151-Excmo-ayuntamiento-de%C2%A0guadalajara

Cuarto. Cuantía:

Línea 1: A efectos del cálculo de la cuantía a percibir, se tendrá en cuenta el importe a que asciendan los Tributos pagados al Ayuntamiento de Guadalajara, por la nueva actividad, durante el primer año de su establecimiento, año 2017, en el municipio. A las empresas que estén dentro del ámbito de la “Estrategia integral para la dinamización del Casco Antiguo de la ciudad de Guadalajara” aprobado definitivamente por el Pleno el 22 de enero de 2016, se les tendrá en cuenta el 100% del importe de los tributos pagados en 2017, y el resto de empresas que no esté dentro de este ámbito, se les aplicará el 75% del importe de los tributos pagados. En todo caso el máximo a percibir será de 5.000 euros por ayuda, salvo que el importe de los tributos pagados sea inferior teniendo en cuenta los porcentajes anteriores, en cuyo caso esa será la cantidad a percibir, siempre que sea justificada con el importe de gastos subvencionables presentado.

Línea 2: La ayuda a percibir no podrá superar el 50% del importe del patrocinio del evento deportivo o ayuda al club deportivo, y en ningún caso podrá ser superior al 50% de los tributos municipales abonados, siendo el límite máximo a percibir de 10.000 euros.

Quinto.- Criterios de selección:

Dada la naturaleza y condiciones de la presente convocatoria, las solicitudes se resolverán por riguroso orden de presentación, hasta agotar la cuantía máxima prevista en el apartado quinto de la convocatoria.

El importe de las ayudas será abonado en un sólo pago una vez aprobada la misma por la Junta de Gobierno, ya que la justificación se presenta en la documentación de la solicitud de la ayuda.

La justificación será objeto de aprobación con la concesión, a la vista de la documentación relacionada en el apartado tercero.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el día 31 de octubre de 2017. No obstante, podrá ser ampliado por Acuerdo de la Junta de Gobierno debiendo publicarse en la web municipal y en tablones de anuncios.

Guadalajara, 26 de junio de 2017. El Alcalde Presidente. D. Antonio Román Jasanada.

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