AYUNTAMIENTO DE ZARZUELA DE JADRAQUE
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público del cementerio municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público del cementerio municipal, con la redacción que a continuación se recoge:
«Artículo 7. Tipo de gravamen.
- La cuota, para la sepultura de tres cuerpos, será de 1.250€ por sepultura.
- La cuota para columbario y osario será de 400,00€»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Zarzuela de Jadraque,22 de mayo de 2017.El Alcalde,Miguel Ángel Moreno Casas