Ayuntamiento de El Pedregal
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ANUNCIO
Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo de modificación de las ordenanzas que se indican, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el texto modificado:
A) Tasa por abastecimiento y distribución de agua:
«Artículo 5.- Cuota tributaria:
2.º.- Las tarifas de esta Tasa serán las siguientes:
A).- CONSUMO en viviendas, locales comerciales, fábricas, talleres y naves ganaderas: 0,30 euros por metro cúbico consumido.
B).- CUOTA FIJA: La cuota fija del servicio será de 25,00 euros por cada contador.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA:
En caso de que el propietario de un contador estropeado no lo repare o coloque un contador nuevo se le cobrará una cuota de 100,00 euros, y en caso de impago se podrá llegar al corte del suministro.»
B) Tasa por el servicio del cementerio municipal.
«Artículo 5.º. Exenciones y Bonificaciones:.
d) Tendrán bonificación los vecinos empadronados que ya lo estuvieran con seis meses de antelación a la fecha del fallecimiento, ya que los vecinos colaboran a la construcción de fosas, limpieza del cementerio y accesos al mismo, lo que contribuye a evitar un gasto al Ayuntamiento.
La bonificación será la siguiente:
- Por cada sepultura perpetua o temporal: se cobrará el 50% de la cuota.
- Por cada nicho: se cobrará el 45,08% de la cuota.
Artículo 6.º. Cuota tributaria.
A) Por cada sepultura perpetua: 180,30 euros. Por cada sepultura temporal: 60,10 euros.
B) por cada nicho (que es siempre perpetuo): 800,00 euros.
En todos los casos pagarán la mitad en caso de un segundo enterramiento en la misma fosa o nicho.
Disposición adicional cuarta: Los nichos se sellarán obligatoriamente con yeso, escayola o cemento.»
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Pedregal a 19 de mayo de 2016.– El Alcalde, Alfredo D. Hermosilla López.