AYUNTAMIENTO DE LAS NAVAS DE JADRAQUE
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 28 de agosto de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2017, en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente liquido de tesoreria del ejercicio anterior que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de ingresos
CAPÍTULO | DESCRIPCIÓN | CONSIGNACIÓN INICIAL | CONSIGNACIÓN DEFINITIVA (€) |
8 | ACTIVOS FINANCIEROS | 0 | 27.666,36 |
Presupuesto de gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA (€) |
2 | GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS | 10.500,00 | |
6 | INVERSIONES REALES | 13.416,36 | |
7 | TRANSFERENCIAS DE CAPITAL | 3.750,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Las Navas de Jadraque, a 20 de diciembre de 2017. El Alcalde, Fdo.: Eliseo Marigil de la Cal.